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Para iniciar la solicitud de una reserva de cita, le solicitamos que nos proporcione su número de DNI y adjunte los documentos requeridos
Requisitos:

Para iniciar la solicitud de reserva de una cita, deberá anexar los siguientes requerimientos:
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  • Minuta en formato Word (modelo del documento que requiere otorgar)

  • Minuta firmada por abogado peruano con registro de CAL vigente.

  • DNI vigente del solicitante del poder

 

Nota: La omisión de uno de los requerimientos impedirá proceder con la confirmación de la cita.

 

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Procedimientos para el otorgamiento de un Poder por Escritura Pública:

 

  1. El trámite se inicia con una solicitud de la reserva de la cita, y concluye únicamente en persona, en el Consulado General del Perú en Nueva York, el día que ha sido citado, fecha en la que recibirá el documento debidamente protocolizado y listo para que ser enviado al Perú.

  2. El día de la cita, el connacional deberá presentarse, portando su DNI vigente y los extranjeros, con su pasaporte vigente.

  3. El tiempo que toma el trámite de una escritura pública demanda aproximadamente de 3 a 5 días hábiles, previos a su cita.

  4. El proceso de firma y lectura de una escritura pública toma aproximadamente 45 minutos desde la llegada del usuario al Consulado. Tomar en cuenta que si usted no se encuentra presente a la hora acordada perderá su cita y será agendado para una nueva fecha.

  5. Los costos de las Escrituras Públicas son variables, según su tipo y cantidad de páginas. El pago se efectúa únicamente en el Consulado General el día de la firma del documento y puede hacerse en efectivo o con tarjeta de débito/crédito Visa/MasterCard.

 

Antes de firmar la Escritura Pública, se recomienda leer cuidadosamente el contenido de esta, verificando los datos de identificación del otorgante y del apoderado, así como la declaración de voluntad contenida en ella, ya que una vez firmada y protocolizada, no podrá ser modificada, alterada, ni aclarada, sino a través de la emisión y pago de una nueva Escritura Pública.

 

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El otorgante no sabe o no puede firmar:

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En caso no pueda firmar, sea ciego o tenga alguna discapacidad temporal o permanente que haga dudosa su capacidad de expresar libre y conscientemente su voluntad, deberá presentarse con un testigo que conozca el idioma castellano y pueda firmar. El testigo deberá concurrir el día de la cita, portando su documento de identidad original, quien deberá también firmar y colocar su huella digital sobre la Escritura Pública.

 

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Extranjeros que no conocen el idioma castellano:

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Deberá intervenir, además del interesado, un intérprete/traductor, quien deberá presentarse conjuntamente con el solicitante el día de la cita, portando su DNI o pasaporte vigente en caso de extranjeros.

 

 

Nota: Los documentos que son otorgados por el Consulado General, deberán ser enviados al Perú a sus apoderados para su legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores http://portal.rree.gob.pe/sitepages/apostilla.aspx, para luego ser presentados en las entidades correspondientes.

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